La medida, establecida mediante decreto del Poder Ejecutivo provincial, se extenderá hasta el 30 de abril de 2026 con el fin de adoptar las acciones que resulten necesarias para la prevención y el combate de incendios forestales durante la temporada alta. Además, instruye a los organismos públicos a iniciar, por intermedio de la Fiscalía de Estado, acciones legales contra los autores, causantes o responsables de cualquier foco ígneo que se registre en la región.
Durante su vigencia, establecida por un plazo de seis meses, se prohíbe la generación de fuego al aire libre y de toda actividad que pueda dar lugar al inicio de nuevos incendios, tanto en tierras públicas como en espacios que no estén habilitados para hacerlo.
Dispone, asimismo, que todos los concesionarios de zonas turísticas, complejos hoteleros, campings, cabañas, clubes deportivos y predios de esparcimiento deberán extremar las acciones de prevención y control de focos ígneos, debiendo cumplir con las medidas de seguridad, prevención y vigilancia que se requieran.
En tanto, en los considerandos del decreto se hace hincapié en la necesidad de “promover la adopción de una política activa de prevención”, tornándose “urgente, impostergable e imprescindible la adopción de medidas para prever el cumplimiento de los objetivos”.
Se señala también que, en el marco de la Emergencia Ígnea y para concurrir en auxilio de personas, poblaciones y recursos forestales y patrimoniales, los fondos destinados “deberán contemplar la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras necesarias, así como gastos para facilitar el funcionamiento operativo y gastos extraordinarios” ante posibles situaciones.





