La cláusula de renuncia que hoy genera polémica en el conflicto del transporte

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En medio de la controversia por la continuidad del servicio de transporte urbano en Comodoro Rivadavia, salió a la luz un punto de la Ordenanza N.º 16.277-2/25, promulgada por el intendente municipal, que podría convertirse en un elemento central del debate político y judicial.
Se trata del apartado denominado “CUARTO. Renuncias”, donde la Municipalidad establece una renuncia irrevocable a toda acción o derecho de solicitar medidas cautelares o promover acciones judiciales con el objetivo de obtener de Patagonia Argentina S.R.L. la prestación compulsiva del servicio público de transporte automotor de pasajeros.
La cláusula quedó incorporada al acuerdo aprobado por el Concejo Deliberante y posteriormente promulgado por el Ejecutivo Municipal. Según el texto, ambas partes aceptaron recíprocamente las renuncias allí formuladas.
Para algunos sectores, la disposición reflejaría la intención de la empresa Patagonia Argentina de contar con garantías jurídicas que impidieran al Municipio recurrir a la Justicia para obligarla a continuar con la prestación del servicio en caso de conflicto. La inclusión de esta condición en el acuerdo es observada como un antecedente relevante frente a la actual disputa por la continuidad del transporte público en la ciudad.
El contenido de la cláusula cobra especial importancia luego de que la Justicia interviniera para garantizar la prestación del servicio, una situación que abre interrogantes sobre el alcance de los compromisos asumidos por las partes y sobre la validez de una renuncia vinculada a herramientas legales destinadas a asegurar un servicio público esencial para la comunidad.

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